INMIGRACION - LAS VIAS DE NORMALIZACION
Por Alvaro García España - Abogado Experto en Extranjería

 

 

INTRODUCCIÓN

 

Bajo el título “vías de normalización” pretendemos explicar de una forma fácilmente compresible las distintas vías, caminos, o formas de poder regularizar la situación de un extranjero que se encuentre en España, pretenda quedarse aquí y no posea autorización de residencia y/o trabajo, por tanto esta guía sirve tanto para las personas que se encuentren de forma irregular en nuestro país como para aquellos extranjeros que tan solo posean autorización de estancia, incluyéndose en este último concepto tanto a los estudiantes como a todas aquellas personas que tengan visado vigente o que sin necesitar visado para venir a España por un periodo inferior a noventa días no haya finalizado dicho plazo, o lo haya prorrogado.

 

 

 

TIPOS DE AUTORIZACIONES

Existen tres tipos de autorizaciones básicos de residencia, la primera de ellas es la autorización de residencia pura y simple; la segunda, la autorización de trabajo y residencia; y la tercera, la tarjeta de familiar de comunitario.

 

 

AUTORIZACIONES DE RESIDENCIA

 

¿Qué es?

La autorización de residencia es aquella que permite permanecer en España por un tiempo superior a noventa días. Resaltando que con este permiso no se puede realizar ningún tipo de actividad lucrativa, por tanto no autoriza a trabajar.

 

¿Quién puede obtenerlo?

Tienen derecho a obtener el permiso de residencia los extranjeros que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  1. Los extranjeros Desplazados, entendiendo por tales a aquellos extranjeros que hayan tenido que abandonar su país de origen como consecuencia de la existencia de conflictos bélicos, étnicos o religiosos.

  2. Los extranjeros a los que habiéndosele denegado o inadmitido la solicitud de asilo, se hubiese acordado la no devolución a su país de origen por motivos humanitarios.

  3. Los extranjeros que hayan sido víctimas de delitos racistas o xenófobos.

  4. Los extranjeros que colaboren con las autoridades administrativas o judiciales.

  5. Los extranjeros cuya presencia en España se considere de interés nacional o de seguridad nacional.

 

 

En todos estos casos, una vez obtenido el permiso de residencia por circunstancias excepcionales puede solicitarse una autorización para trabajar.

 

 

¿Donde pueden obtenerse?

 

En las Provincias donde funcionalmente no existan “Oficinas Únicas” (como es el caso de Málaga) las autorizaciones de residencia se solicitan en las comisarías de policía de donde se encuentre empadronado el extranjero. Tan solo en el caso de los extranjeros que colaboren con las autoridades administrativas o judiciales, y en el caso de los extranjeros cuya presencia en España se considere de interés nacional o de seguridad nacional, la solicitud se dirigirá a la Dirección General de la Policía (Comisaría General de Extranjería y Documentación)

 

¿Qué documentos se necesitan para obtener la residencia?

La solicitud de residencia debe formularse mediante el modelo oficial emitido al efecto y al que habrá de acompañarse la siguiente documentación:

 

¿Pueden renovarse las autorizaciones de residencia?

Desde un mes antes a la finalización de la vigencia de la autorización se puede solicitar la renovación de la misma, y se concederá la renovación si no han variado las circunstancias por las que se concedió originariamente o si existen otras causas de las expresadas anteriormente que justifiquen su otorgamiento (véase apartado ¿Quién puede obtenerlo?). En los casos donde la administración no de respuesta expresa a la solicitud de renovación en el plazo de tres meses se entenderá que dicha renovación ha sido concedida (silencio administrativo positivo). Igualmente se puede solicitar la renovación durante los tres meses posteriores a la fecha de expiración, aunque no es recomendable dejar caducar la tarjeta pues, sin perjuicio de que pueda renovarse, se comete una infracción que es sancionable con multa de hasta trescientos euros.

 

¿Qué duración tienen las autorizaciones de residencia?

La validez de la autorización de residencia obtenido por primera vez no podrá exceder de un año, salvo en los casos de reagrupación familiar que tendrán la misma vigencia que el permiso del reagrupante. En las renovaciones se otorgará autorización válida por dos años hasta conseguir la residencia permanente que se obtiene a los cinco años desde la primera concesión. Tan solo existe una excepción a la regla anterior, y es el caso de las renovaciones de las autorizaciones de residencia otorgados a los extranjeros a los que habiéndosele denegado o inadmitido la solicitud de asilo se hubiese acordado la no devolución a su país de origen por motivos humanitarios los extranjeros, en este caso las renovaciones se realizarán anualmente.

 

¿Pueden pederse las autorizaciones de residencia?

Los permisos de residencia se pueden perder por alguna de las siguientes causas:

 

 

 

PERMISO DE TRABAJO Y RESIDENCIA

 

¿Cuáles son?

 

Los permisos de trabajo y residencia se pueden dividir en dos tipos de permisos bien diferenciados, éstos son, los permisos de trabajo y residencia por cuenta ajena y los permisos de trabajo y residencia por cuenta propia.

 

 

PERMISO DE TRABAJO Y RESIDENCIA POR CUENTA PROPIA

 

¿Qué es?

 

Este permiso autoriza a residir en España para realizar una actividad económica por cuenta propia, ya sea como comerciante, artesano, industrial o agricultor.

 

¿Quién puede obtenerlo?

Este permiso lo puede conseguir cualquier persona que como autónomo, o que formando parte de una sociedad pretenda invertir en nuestro país, y se le exige además que cumpla los siguientes requisitos:

Igualmente, para mejor valorar se tendrá en cuenta: La incidencia de la actividad en las nuevas tecnologías, o en la mejora de las condiciones de producción, así como el régimen de reciprocidad (igualdad de trato) con el país de origen del extranjero; y por último si el solicitante se encuentra en alguno de los siguientes supuestos:

 

¿Donde pueden obtenerse?

Con la reforma de la ley de extranjería 14/2003, Tan solo podrán presentarlo los que se encuentren de forma legal, es decir en periodo de estancia o de residencia, al ser el sujeto legitimado para solicitar el permiso el propio extranjero, impidiéndose la presentación a los extranjeros que se encuentren en España de forma irregular. De este modo, el lugar de presentación del mismo varia según donde se encuentre el solicitante; así, si se encuentra en territorio español y de forma regular, se presentará en las “Oficinas Únicas” de las Provincias donde funcionalmente existan, en el caso de Málaga los permisos de trabajo y residencia por cuenta propia se solicitan en las Dependencias de Trabajo de la Subdelegación del Gobierno; en cambio si el extranjero se encuentra irregular o está en su país, la solicitud se realizará ante la Misión Diplomática u Oficina Consular que le corresponda según su lugar de residencia. En el primer supuesto, será necesario además solicitar el correspondiente visado de trabajo y residencia tipo “D” en la Misión Diplomática u Oficina Consular correspondiente en el plazo de un mes desde la concesión de la autorización de trabajo por cuenta propia, a no ser que el extranjero esté en España y se encuentre en alguno de los supuestos establecidos de exención de visado. (Véase el apartado “Exenciones de Visado reconvertidas en autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales”).

 

¿Qué documentos se necesitan para obtener el permiso de trabajo y residencia por cuenta propia?

La solicitud de trabajo y residencia debe formularse mediante el modelo oficial emitido al efecto y al que habrá de acompañarse la siguiente documentación:

 ¿Pueden renovarse los permisos de trabajo y residencia por cuenta propia?

Desde un mes antes a la finalización de la vigencia del permiso se puede solicitar la renovación del mismo, y se concederá la renovación si se han cumplido las manifestaciones que se contenían en el proyecto presentado en su día. Es decir, si se mencionó la creación de un cyber-café, se debe acreditar la continuidad de dicha actividad; y sobre todo, se tendrá en cuenta el cumplimiento de las obligaciones fiscales y de la seguridad social. En los casos donde la administración no de respuesta expresa a la solicitud de renovación en el plazo de tres meses se entenderá que dicha renovación ha sido concedida (silencio administrativo positivo). Igualmente se puede solicitar la renovación durante los tres meses posteriores a la fecha de expiración, aunque no es recomendable dejar caducar la tarjeta pues, sin perjuicio de que pueda renovarse, se comete una infracción que es sancionable con multa de hasta trescientos euros.

 

¿Qué duración tienen los permisos de trabajo y residencia por cuenta propia?

La validez del permiso de residencia obtenido por primera vez no podrá exceder de un año. En las renovaciones se otorgará permiso válido por dos años hasta conseguir la residencia permanente que se obtiene a los cinco años desde la primera concesión.

 

De este modo, existe tres tipos de permiso de trabajo y residencia por cuanta propia hasta llegar al permiso permanente:

 

¿Pueden pederse los permisos de trabajo y residencia por cuenta propia?

 

Los permisos de trabajo y residencia por cuenta propia se pueden perder por alguna de las siguientes causas:

 

 

 

En el próximo número hablaremos de:
- Permiso De Trabajo Y Residencia Por Cuenta Ajena
- Tarjeta De Familiar De Ciudadano Comunitario
- Exenciones De Visado (reconvertidas en autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales)

 

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